José Luis Marín Fuentes
“De manera tangencial ofrezco una visión sobre el tema que ahora me convoca; por ello y con relación a la enseñanza del Derecho Internacional Privado en Colombia, se puede advertir que debido al sistema universitario imperante en Colombia, esto es, universidades públicas y privadas, existe una gran brecha en la enseñanza de dicha asignatura en ambas universidades; digo esto ya que el derecho internacional privado es visto como una materia propia de la élites y por ende susceptible de ser enseñado en las facultades de derecho de las universidades privadas, siendo allí donde tiene más relevancia, toda vez que en las facultades de derecho de las universidades públicas, siendo éstas el reflejo de la sociedad que las circunda, son más propensas a abordar y profundizar en temas como lo son el derecho penal, el derecho de familia y el internacional humanitario como derivado del derecho internacional público.
Lo anterior no es gratuito, ya que la historia reciente de Colombia ha estado marcada por una conflictiva social que ha propiciado de un lado, el aislamiento local en materia de relaciones internacionales de sus ciudadanos (poca emigración foránea) y de otro lado un éxodo de alrededor de 6 millones de nacionales hacía otros países. Frente a este último hecho, se puede observar un incremento de la jurisprudencia de las cortes colombianas en materia de derecho internacional privado, en especial en el área del derecho de la familia, toda vez que dicho éxodo propicio un sinnúmero de matrimonios entre nacionales y extranjeros, lo cual conllevó a que se presentaran numerosas demandas de exequátur de decisiones judiciales extranjeras.
Es de advertir pues, que en años recientes ha empezado a verse un pequeño renacer en la enseñanza de la materia en las facultades de derecho colombianas, ello como consecuencia del movimiento globalizador que se presenta en áreas como la económica, la social y la cultural. Por ello se puede apreciar que si bien hay algunas facultades de derecho han incluido en su pensum ésta asignatura, esto es, el derecho internacional privado como obligatoria, la realidad muestra que sólo se le asigna un rol muy discreto, ya que el espacio máximo que se le concede es de aproximadamente tres horas por semana, lo cual muestra una desventaja con las facultades de derecho de otros países que le otorgan una mayor importancia a la materia.
A continuación se detallan algunas facultades de derecho de universidades colombianas las cuales tienen dentro de sus pensum la enseñanza del derecho internacional privado; aquí están incluidas, tanto universidades públicas como privadas, siendo las privadas quienes se llevan el mérito en cuanto a la obligatoriedad de dicha asignatura.
De forma particular he tomado como ejemplo la facultad de derecho de la universidad de Ibagué en el Departamento de Tolima, Colombia en donde se enseña el derecho internacional en un bloque completo, lo cual deja muy pocas opciones de profundizar respecto al derecho internacional privado.”
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